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Contracts

Terms and conditions of the rental

  1. El presente contrato tiene por objeto la utilización del vehículo sin conductor para el servicio expresamente contratado. Los servicios se rigen exclusivamente por las presentes condiciones particulares y condiciones generales expuestas a continuación y suscrita por ambas partes contratantes.
    1. La determinación del precio del arrendamiento se aplicará la tarifa de precios vigentes expuestas al público en las oficinas de la empresa y entregada al arrendatario el día de la firma del contrato del arrendamiento de servicios.
    2. En el caso de incumplimiento en el plazo de entrega del vehículo y no siendo comunicado al arrendador mediante cualquier medio el precio estipulado en el contrato será incrementado en un 10 % por día que exceda dicho incumplimiento, salvo que fuese motivado por fuerza mayor debidamente justificada.
    3. Se entiende como inicio y terminación del periodo de arrendamiento del vehículo contratado el día y la hora marcada en el contrato, siendo el periodo mínimo de alquiler 24 horas. Nuestro horario de oficina es de lunes a viernes de 08.30 a 14.00 y de 16.30 a 19.00, sábados de 09.00 a 14.00 horas. Salvo festivos. En junio y septiembre de 08.30 a 14.00 y de 17.00 a 19.30. En julio y agosto de 07.30 a 15.30

    Las entregas y recogidas fuera de horario de oficina serán concretadas previamente con el personal que se encuentre al cargo de las mismas. 

  2. El cliente declara recibir el vehículo reseñado en concepto de alquiler sin conductor, comprobando previamente que su funcionamiento y estado en general es normal y que acepta y se obliga a las condiciones particulares, comprometiéndose a devolverlo en marcha o remolcado en las oficinas de la empresa el día del vencimiento del presente contrato. El vehículo se encuentra asegurado en la modalidad de seguro a todo riesgo con franquicia de 350 euros por golpe, y franquicias del arrendador en caso de siniestro total, robo o indemnización. En caso de accidente, el arrendatario quedará obligado a satisfacer los daños causados por cualquier siniestro con 350,00 euros, salvo en el caso que sea siniestro total que la cantidad asciende a 1400,00 euros, o contratos de larga duración, sumándose a estas cantidades los días de paralización del vehículo a razón del alquiler mínimo diario según tarifa vigentes. En caso de devolver el vehículo con menos combustible deberá abonar la diferencia, más 15 euros por repostaje.
  3. Es responsabilidad del arrendatario:
    1. Devolver el vehículo el día y hora de vencimiento fijado en el contrato, en caso contrario y pasada 24 horas desde la fecha que debería de ser entregado, el vehículo será denunciado a las Autoridades competentes como delito por apropiación indebida a los efectos procedentes en vía penal y civil.
    2. Devolver el vehículo contratado en las mismas condiciones que se entregó, con todos sus componentes, herramientas, documentación, llaves, etc.
    3. Responder íntegramente del valor del vehículo arrendado y de los daños materiales causados al mismo, así como responder íntegramente en caso de sustracción o extravío del vehículo.
    4. Responder de todas las responsabilidades sean civiles, criminales o de cualquier clase que se derive de:
      • Uso del vehículo arrendado durante la vigencia del arrendamiento.
      • Abandono o mal uso del vehículo.
    5. A no transportar en el vehículo arrendado más personas de las permitidas, así como ninguna clase de mercancía ni documentación, utensilios, materiales, objeto o cualquier cosa que las leyes prohíban para transportar, usar, etc. siendo de su cuenta y riesgo cuantas responsabilidades deriven de la infracción de esta apartado tanto civiles como penales, gubernativas o de clase que fuese.
  4. Queda terminantemente prohibido:
    1. Utilizar el vehículo arrendado como medio o instrumento para la comisión de delitos tipificados en las leyes penales, auxiliar delincuentes o transporte o cobijo de objetos procedente de delitos.
    2. Ceder, alquilar, subarrendar el vehículo arrendando a una tercera persona.
    3. Utilizar el vehículo arrendando con el fin de enseñar a conducir al mismo.
    4. Usar en el vehículo arrendado otra clase de carburante que no sea el permitido.
  5. En caso de avería o accidente:
    1. El arrendador debe comunicarlo a la empresa arrendataria en el plazo máximo de 8 horas mediante teléfono (607 777 702, número de asistencia 24 horas), vía email, burofax, …
    2. Está cubierto el servicio de asistencia en carretera. La asistencia consiste, siempre, en la puesta a disposición de los Materiales y ayuda personal que permita al Arrendatario superar las situaciones de emergencia que surjan en el transcurso de su viaje. No se responde de los retrasos o incumplimientos debidos a causas de fuerza mayor o a las especiales características administrativas o políticas de un país determinado. En primer lugar, se intentará la reparación in situ, sino es posible, el traslado hasta el taller más cercano para el vehículo, y la estancia o medios para regreso del arrendatario según coberturas de la póliza de seguros. 
    3. Toda avería o accidente causadas por negligencia del arrendador, será responsable el mismo, afrontado todo el gasto que conlleve desde la recogida del vehículo (servicio de grúa) hasta la reparación del mismo, así como los días de paralización del vehículo. 
    4. El arrendatario tiene derecho a conocer y comprobar, por sí mismo o por una persona designada, la reparación del vehículo, así como el tiempo de duración del mismo.
    5. Los pinchazo y reventones de neumáticos son responsabilidad del arrendatario.
    6. Los daños, gastos, etc. no cubiertos por el Seguro serán de cuenta del arrendatario, así como los gastos, desperfectos o faltas de equipo del automóvil como los gastos por pérdida de documentación y gastos de transporte de retorno del vehículo a las oficinas de AVIC.
  6. Sanciones de tráfico e inmovilización del vehículo:
    1. Corren por cuenta del arrendatario abonar íntegramente las multas o sanciones de cualquier clase que sean impuestas al arrendador por hechos cometidos durante la vigencia del arrendamiento.
    2. En caso de retirada y/o inmovilización del vehículo, ya sea por servicio de grúa, mandato judicial o policial, el arrendatario deberá hacer frente a todos los gastos incurridos en la recuperación del vehículo, así como de los días de paralización del mismo. 
  7. Entregas y recogidas:
    1. Los vehículos son entregados y recogidos sin gasto adicional en nuestras instalaciones en horario de oficina.
    2. Las entregas y recogidas fuera de horario de oficina o días festivo llevan un suplemento en el precio de 14’00 €.
    3. El arrendador se reserva el derecho de exigir indemnizaciones y reparaciones al arrendatario y recoger el automóvil del lugar donde se encuentra en caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones generales y cláusulas de este contrato una vez transcurrido veinticuatro horas desde la fecha de finalización.
  8. Aeropuerto y Santa Justa:
    1. Los vehículos podrán ser entregados y recogidos en Aeropuerto y Santa Justa previamente concertados con el personal de la empresa teniendo un coste adicional de 14’00 € para las entregas o recogidas en el horario de oficina, y de 25’00 € para las entregas o recogidas fuera de horario de oficina como es el caso del fin de semana o día festivo.
  9. Forma de pago:
    1. El pago del alquiler se realizará en el momento de la tramitación del contrato, por adelantado, más 200’00 € en concepto de fianza mediante tarjeta de crédito. (** para otras formas de pago, consultar**).
    2. La empresa arrendadora le podrá exigir para determinados vehículos en determinadas épocas del año el pago anticipado a la hora de realizar la reserva del mismo.
  10. Cruce de fronteras:
    1. Queda totalmente prohibido salir de España sin la autorización previa del arrendador.
  11. Combustible: 
    1. El arrendatario debe devolver el vehículo alquilado con el mismo nivel de combustible y aditivo en su caso, que tenía al momento de alquilarlo.
  12. Devolución de fianza:
    1. La fianza será devuelta a la hora de la recogida del vehículo siempre y cuando venga en las mismas condiciones en las que se entregó.
    2. En caso de accidente sin culpa, la fianza será retenida hasta la aceptación del parte amistoso de accidentes emitido por el arrendatario. 
    3. Si presenta daños con culpa, se evaluará el importe de la reparación y/o reposición de piezas y se devolverá el sobrante, o se reclamará el importe necesario para cubrir los gastos hasta el importe de la franquicia (350 euros)
  13. Conductor:
    1. El conductor deberá tener 26 años con 2 años de antigüedad en el permiso de conducir.
    2. Se pueden incluir hasta un máximo de 2 conductores en el contrato sin coste adicional.
  14. Seguro: 
    1. El seguro del vehículo incluye el Seguro Obligatorio, Responsabilidad Civil y Defensa Jurídica. En caso de accidente, robo o incendio, el arrendatario quedará obligado a satisfacer los daños causados por cualquier siniestro con 350’00 €, salvo en el caso que sea siniestro total, que tal cantidad asciende a 1.400’00 €; sumándose a estas cantidades los días de paralización del vehículo a razón del alquiler mínimo diario según tarifa vigentes.
  15. Las partes contratantes se someten al fuero de los Juzgados y Tribunales de Sevilla para cuantas cuestiones se deriven de la interpretación y cumplimiento del presente contrato.

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